Baremación

Los puestos escolares que se ofrezcan  se distribuirán entre los solicitantes conforme a los criterios de admisión que varian de una modalidad a otra.

Criterios de Admisión: Modalidad Presencial

ATENCIÓN REQUISITO DE EDAD: A partir de los 16 años cumplidos el año en que se solicita admisión, o 14 si se solicita un idioma distinto del que se estudia como primera lengua extranjera en la ESO.

Cuando el número de solicitudes supere al de plazas ofertadas, se aplicarán los siguientes criterios:

Grupo Preferente Requisitos Ordenados por:
1º Grupo Preferente Desempleados que acrediten 6 meses o más de antigüedad en el paro. 1.- Titulación académica:

a) titulación superior

b) titulación postobligatoria

c) titulación básica

2.- Mejor expediente académico

3.- Menor renta per cápita

4.- Sorteo

2º Grupo Preferente Empleados
3º Grupo Preferente Titulados en ESO o superior matriculados en estudios oficiales
4º Grupo Preferente Desempleados que acrediten menos de  6 meses de antigüedad en el paro.
5º Grupo Preferente Resto de los interesados (personas que no tengan titulación de ESO, jubilados, etc.) 1.- Menor renta per cápita

2.- Sorteo

 

En primer lugar, se asignarán las plazas a los solicitantes del grupo 1 que acrediten las condiciones de ese grupo, si siguiera habiendo plazas, se asignarán a los solicitantes del grupo 2 y así sucesivamente hasta agotarse las plazas en cada idioma y nivel.

Criterios de Admisión: Modalidad Semipresencial

ATENCIÓN REQUISITO DE EDAD: A partir de los 18 años cumplidos el año en que se solicita admisión.

Cuando el número de solicitudes supere al de plazas ofertadas, se aplicarán los siguientes criterios:

Grupo Preferente Requisitos Ordenados por:
1º Grupo Preferente No hay requisitos 1.- Menor renta per cápita

2.- Sorteo

Criterios de Admisión: Modalidad CAL

ATENCIÓN: Sólo para profesores de la enseñanza pública y concertada

Cuando el número de solicitudes supere al de plazas ofertadas, se aplicarán los siguientes criterios:

Grupo Preferente Requisitos
1º Grupo Preferente Profesorado que:

  • presta servicio en centros públicos bilingües de la Junta de Andalucía, y está impartiendo enseñanza bilingüe de áreas no lingüísticas

 

2º Grupo Preferente Profesorado Funcionario  con destino definitivo en un centro público bilingüe de la Junta de Andalucía que se comprometa a impartir enseñanza bilingüe en su área no lingüística..
3º Grupo Preferente Profesorado de los cuerpos docentes públicos.
4º Grupo Preferente Resto del profesorado que preste servicios en el sistema educativo público de  Andalucía ( Centros concertados)